Perdón Criminal

Perdón Criminal



Características del perdón criminal


Las leyes de inmigración contienen varias exenciones que permiten a los no ciudadanos superar ciertas barreras de admisión (como tener presencia ilegal en los Estados Unidos) donde ciertos miembros de la familia (llamados "parientes calificados") sufrirían "dificultades extremas". Desafortunadamente, las regulaciones de inmigración no definen el término “dificultades extremas”. Como resultado, USCIS no ha aplicado el estándar de dificultades de manera consistente. En un memorando del 20 de noviembre de 2014, el secretario de Seguridad Nacional, Jeh Johnson, ordenó al director de USCIS, Leon Rodríguez, que “aclare los factores que consideran los adjudicadores para determinar si se ha cumplido el estándar de ‘dificultades extremas’”. Al emitir tal directiva, su intención fue clara: "Es mi evaluación que una guía adicional sobre el significado de la frase 'dificultades extremas' proporcionaría un uso más amplio de esta exención legalmente permitida".


Queda por ver si la orientación final logrará el objetivo de un "uso más amplio" de la exención. El borrador de la guía, en muchos sentidos, no se aleja mucho de la guía actual, aunque limitada, que los tribunales de inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración han brindado a lo largo de los años. También parece agregar detalles inesperados y capas de análisis, lo que cuestiona si la implementación será difícil y el objetivo del Secretario menos alcanzable.


Las personas que solicitan una exención hoy deben demostrar que el pariente calificado sufriría una dificultad extrema si la familia estuviera separada (es decir, el pariente permaneciera en los Estados Unidos) Y si el familiar se mudara fuera de los Estados Unidos. Es importante destacar que el borrador de la guía no requiere que el solicitante demuestre dificultades en ambas circunstancias. Más bien, si el solicitante puede superar un criterio de determinación de que es “razonablemente previsible” que el pariente calificado permanezca en los Estados Unidos O se traslade al extranjero, no es necesario que demuestre dificultades en ambas situaciones.


Un lugar donde la guía se queda corta es que no incluye una lista de situaciones en las que existe una presunción de dificultad extrema, es decir, ciertas situaciones que automáticamente resultarían en una determinación de dificultad. El memorando de Johnson del 20 de noviembre en realidad ordenaba a “USCIS considerar los criterios por los cuales se puede determinar que existe una presunción de dificultades extremas”. Como señaló el Secretario, tales presunciones existen en otras políticas de inmigración. En cambio, el borrador de la guía ofreció el término "circunstancias especiales", circunstancias que "a menudo pesarían mucho a favor de encontrar dificultades extremas". Estas circunstancias especiales incluyen cuando al pariente calificado se le ha otorgado asilo o estatus de refugiado, está discapacitado o está en servicio militar activo; donde el Departamento de Estado ha emitido una advertencia de viaje a un país de reubicación; y cuando haya un cambio sustancial con respecto a la capacidad de cuidar a los hijos de un solicitante.


USCIS tomó una buena decisión al publicar el borrador de la guía para comentarios públicos. Esta es una oportunidad para que las partes interesadas revisen cuidadosamente la guía detallada y hagan recomendaciones que ayudarán a la agencia a cumplir su promesa de exenciones que están disponibles de manera más amplia. Una vez finalizada la guía, será crucial monitorear cómo se implementa en el campo, ya que esa será la verdadera prueba de su éxito.


Si un extranjero ha sido condenado por un delito, la condena puede evitar que ingrese a los Estados Unidos a través del proceso MICA. En tales casos, puede ser posible obtener un indulto al anular su condena en circunstancias muy limitadas.


En primer lugar, existen requisitos relacionados con el delito cometido. Los siguientes son ejemplos de delitos que pueden ser objeto de castigo:


  • Delitos penales que impliquen depravación moral. A veces es difícil determinar qué delitos se incluyen en esta categoría. El término "vileza moral" se refiere a delitos que son extremadamente atroces o repugnantes para la sociedad. Incluyen delitos intencionales contra la propiedad, contra el poder gubernamental, contra las personas y delitos relacionados con los vínculos familiares o la moral sexual.
  • Muchos delitos menores que, sumados, dan como resultado una pena de 5 años o más de prisión.
  • Vicio comercializado o prostitución
  • Una sola condena por marihuana que pesa 30 gramos o menos. Cualquier otra condena por drogas no es elegible para una exención.
  • Se otorgó inmunidad judicial para acciones penales (por ejemplo, a cambio de testimonio).
  • El lavado de dinero, narcóticos, delitos de exportación, seguridad nacional, asesinato, intento de asesinato o tortura no son elegibles para la exención.


El candidato también debe cumplir con ciertos estándares.


Los delitos cometidos por la persona extranjera deben estar relacionados únicamente con la prostitución o deben haber ocurrido hace más de 15 años. Incluso si no se cumple ninguna de estas condiciones, se pueden otorgar exenciones a familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses o residentes legales que puedan demostrar que su rechazo a la entrada causaría grandes dificultades debido a la separación familiar. Los hijos y cónyuges de ciudadanos estadounidenses y residentes legales que han sido maltratados también son elegibles.

El ciudadano extranjero debe demostrar que su admisión no pondrá en peligro la seguridad nacional ni la seguridad, y que ha sido rehabilitado efectivamente.


Incluso cuando se completan todos los elementos de calificación, el oficial que evalúa un caso determinado tiene autoridad discrecional para rechazar el caso, lo que hace que los juicios en estas circunstancias sean bastante impredecibles.


Alejandro Roque, ESQ. Abogados de inmigración


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